Repaso de controles

      Control de Conciliación de Fondos y Personas

      Se vuelve a controlar que los saldos conciliados sean válidos, es un doble proceso de conciliación. 

      Control de Subdiarios

      Realizar un doble chequeo para corroborar que los comprobantes registrados coinciden con lo archivado.

      Control Impositivo

      Conciliar las cuentas contables impositivas con la información que nos provee los organismos fiscales.


                                   
                                  Se recomienda que estos procedimiento no lo ejecute la persona que suele conciliar las cuentas con el objetivo de generar un control cruzado. El resultado debería ser un informe de cuentas con diferencias, correcciones, dudas y comentarios que recibirá el responsable de conciliación.

                                  Control de Conciliación de Fondos y Personas

                                  El objetivo es validar que la conciliación previamente realizada coincida con la información correspondiente de terceros o propia. Se debe realizar los primeros días del mes que coincide con el vencimiento de la DDJJ Sicore, entre el día 1 y 9. 

                                  Control de Subdiarios

                                  Se debe controlar comprobante por comprobante que coincidan los siguientes puntos:

                                  • Tipo de comprobante

                                  • Nro de comprobante

                                  • Cuit del proveedor o cliente y su condición frente al impuesto

                                  • Fecha

                                  • Gravado, no gravado, impuestos, totales. A su vez, corroborar que cada concepto se encuentre en su columna correspondiente

                                  • Tipo de cambio: en las facturas en dólares debe controlarse el tipo de cambio registrado

                                  • Vencimiento CAI

                                  • El comprobante sea original o copia válida (no foto)

                                  Control Impositivo

                                  Se recomienda hacer el control 4 o 5 días antes del vencimiento de la DDJJ según calendario fiscal. Además de este control interno recomendamos comunicar el resultado al contador o responsable de liquidación de impuestos de la empresa para que baje su criterio tome las decisiones que crea pertinentes.

                                  Puntos a controlar:

                                  • Conciliación con Afip de Mis Retenciones.

                                  • Conciliación con Arba de deducciones.

                                  Te mostramos nuestro orden propuesto de los controles mensuales a realizar
                                  Vistas
                                  1282 Número de vistas
                                  2 Vistas de miembros
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